Las Áreas Específicas De La Actividad De Los Administradores De Empresas, Para Ejercer En Forma Individual O Asociada Son Las Que Se Definen A Continuación: A) La Implantación, En Una Unidad Organizada De Producción, De Transformación, De Circulación, De Administración De Bienes O De Prestación De Servicios, Del Proceso Administrativo En Sus Fases Mecánica Y Dinámica De Sus Elementos Constitutivos De Planeación, Organización, Integración, Dirección Y Control, A Fin De Coordinar Sus Recursos Humanos, Materiales Y Técnicos, En Función De Sus Objetivos Y Fines Institucionales; B) La Elaboración Y Puesta En Marcha De Los Sistemas, Procedimientos, Métodos Manuales, Reglamentos Y Programas Administrativos, Tendientes A Que La Dirección Empresarial De Una Unidad Organizada Aproveche Lo Mejor Posible Sus Recursos, Con El Propósito De Lograr Una Alta Productividad De Los Mismos Y Poder Alcanzar Sus Objetivos Económicos Y Sociales; C) Llevar A Cabo Investigaciones, Para Incrementar Los Conocimientos En El Campo De La Administración De Empresas ,en Forma Individual O Asociada Y Dentro O Fuera Del Ámbito Empresarial; D) Los Servicios De Asesoría Y Elaboración De Estudios De Factibilidad En Las Diferentes Áreas Administrativas Que Requieran Los Organismos Profesionales Y Empresariales, Ya En Forma Individual O A Través De Firmas Legalmente Constituidas Como Personas Jurídicas; E) El Ejercicio De La Docencia Con Dedicación De Cátedra, De Tiempo Parcial O De Tiempo Completo En Facultades, Departamentos O Escuelas Universitarias, Aprobadas Por El Estado Y En Progamas Aprobados Por El Icfes Y Que En La Modalidad Educativa, De Formación Universitaria Otorguen El Título De Profesional En Administración De Empresas, Siempre Y Cuando El Profesional Acredite Las Calidades Que Se Exigen En El Reglamento Docente De Cada Institución; F) El Desempeño De Cargos De Dirección Académica En Facultades, Departamentos O Escuelas De Administración De Empresas De Instituciones Reconocidas Por El Estado En Programas Aprobados Por El Icfes Y Que Otorguen Título De Administrador De Empresas En La Modalidad De Formación Universitaria Y En Cargos Tales Como: Decano De Facultad, Director De Departamento, Director De Escuela, Director De Carrera, Jefe De Sección O De Unidad Académica, Coordinador De Semestre De Práctica, Coordinador De Consultorio Administrativo Y Secretario Académico, Siempre Y Cuando Se Acredite El Cumplimiento De Las Demás Calidades Establecidas Por Los Reglamentos De La Institución Donde Se Va A Prestar Los Servicios, De Conformidad Con Los Manuales De Funciones Y Requisitos Mínimos Aprobados Por Cada Institución; G) El Ejercicio De La Investigación Científica, En Los Campos De Administración De Empresas Y Como Complemento De La Docencia, Orientada A La Creación, Desarrollo Y Comprobación De Conocimientos Y Técnicas De La Administración En Comités, Centros Y Departamentos De Investigación De Instituciones Legalmente Constituidas En Programas Académicos Aprobados Por El Icfes Y Que Otorguen El Título De Administrador De Empresas
Decreto 2718 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 60 de 1981, sobre el ejercicio de la profesión de Administración de Empresas
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las áreas específicas de la actividad de los Administradores de Empresas, para ejercer en forma individual o asociada son las que se definen a continuación
a)
La implantación, en una unidad organizada de producción, de transformación, de circulación, de administración de bienes o de prestación de servicios, del proceso administrativo en sus fases mecánica y dinámica de sus elementos constitutivos de planeación, organización, integración, dirección y control, a fin de coordinar sus recursos humanos, materiales y técnicos, en función de sus objetivos y fines institucionales;
b)
La elaboración y puesta en marcha de los sistemas, procedimientos, métodos manuales, reglamentos y programas administrativos, tendientes a que la dirección empresarial de una unidad organizada aproveche lo mejor posible sus recursos, con el propósito de lograr una alta productividad de los mismos y poder alcanzar sus objetivos económicos y sociales;
c)
Llevar a cabo investigaciones, para incrementar los conocimientos en el campo de la Administración de Empresas ,en forma individual o asociada y dentro o fuera del ámbito empresarial;
d)
Los servicios de asesoría y elaboración de estudios de factibilidad en las diferentes áreas administrativas que requieran los organismos profesionales y empresariales, ya en forma individual o a través de firmas legalmente constituidas como personas jurídicas;
e)
El ejercicio de la docencia con dedicación de cátedra, de tiempo parcial o de tiempo completo en facultades, departamentos o escuelas universitarias, aprobadas por el Estado y en progamas aprobados por el ICFES y que en la modalidad educativa, de formación universitaria otorguen el título de profesional en Administración de Empresas, siempre y cuando el profesional acredite las calidades que se exigen en el reglamento docente de cada institución;
f)
El desempeño de cargos de dirección académica en facultades, departamentos o escuelas de Administración de Empresas de instituciones reconocidas por el Estado en programas aprobados por el ICFES y que otorguen título de Administrador de Empresas en la modalidad de formación universitaria y en cargos tales como: Decano de Facultad, Director de Departamento, Director de Escuela, Director de Carrera, Jefe de Sección o de Unidad Académica, Coordinador de Semestre de Práctica, Coordinador de Consultorio Administrativo y Secretario Académico, siempre y cuando se acredite el cumplimiento de las demás calidades establecidas por los reglamentos de la institución donde se va a prestar los servicios, de conformidad con los manuales de funciones y requisitos mínimos aprobados por cada institución;
g)
El ejercicio de la investigación científica, en los campos de Administración de Empresas y como complemento de la docencia, orientada a la creación, desarrollo y comprobación de conocimientos y técnicas de la administración en comités, Centros y Departamentos de Investigación de instituciones legalmente constituidas en programas académicos aprobados por el ICFES y que otorguen el título de Administrador de Empresas.
Parágrafo
Lo anterior sin perjuicio del ejercicio de la otras profesiones debidamente aprobadas y reglamentada por el Gobierno Nacional.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.