Micelio

Artículo 28

Las Áreas Específicas De La Actividad De Los Administradores De Empresas, Para Ejercer En Forma Individual O Asociada Son Las Que Se Definen A Continuación: A) La Implantación, En Una Unidad Organizada De Producción, De Transformación, De Circulación, De Administración De Bienes O De Prestación De Servicios, Del Proceso Administrativo En Sus Fases Mecánica Y Dinámica De Sus Elementos Constitutivos De Planeación, Organización, Integración, Dirección Y Control, A Fin De Coordinar Sus Recursos Humanos, Materiales Y Técnicos, En Función De Sus Objetivos Y Fines Institucionales; B) La Elaboración Y Puesta En Marcha De Los Sistemas, Procedimientos, Métodos Manuales, Reglamentos Y Programas Administrativos, Tendientes A Que La Dirección Empresarial De Una Unidad Organizada Aproveche Lo Mejor Posible Sus Recursos, Con El Propósito De Lograr Una Alta Productividad De Los Mismos Y Poder Alcanzar Sus Objetivos Económicos Y Sociales; C) Llevar A Cabo Investigaciones, Para Incrementar Los Conocimientos En El Campo De La Administración De Empresas ,en Forma Individual O Asociada Y Dentro O Fuera Del Ámbito Empresarial; D) Los Servicios De Asesoría Y Elaboración De Estudios De Factibilidad En Las Diferentes Áreas Administrativas Que Requieran Los Organismos Profesionales Y Empresariales, Ya En Forma Individual O A Través De Firmas Legalmente Constituidas Como Personas Jurídicas; E) El Ejercicio De La Docencia Con Dedicación De Cátedra, De Tiempo Parcial O De Tiempo Completo En Facultades, Departamentos O Escuelas Universitarias, Aprobadas Por El Estado Y En Progamas Aprobados Por El Icfes Y Que En La Modalidad Educativa, De Formación Universitaria Otorguen El Título De Profesional En Administración De Empresas, Siempre Y Cuando El Profesional Acredite Las Calidades Que Se Exigen En El Reglamento Docente De Cada Institución; F) El Desempeño De Cargos De Dirección Académica En Facultades, Departamentos O Escuelas De Administración De Empresas De Instituciones Reconocidas Por El Estado En Programas Aprobados Por El Icfes Y Que Otorguen Título De Administrador De Empresas En La Modalidad De Formación Universitaria Y En Cargos Tales Como: Decano De Facultad, Director De Departamento, Director De Escuela, Director De Carrera, Jefe De Sección O De Unidad Académica, Coordinador De Semestre De Práctica, Coordinador De Consultorio Administrativo Y Secretario Académico, Siempre Y Cuando Se Acredite El Cumplimiento De Las Demás Calidades Establecidas Por Los Reglamentos De La Institución Donde Se Va A Prestar Los Servicios, De Conformidad Con Los Manuales De Funciones Y Requisitos Mínimos Aprobados Por Cada Institución; G) El Ejercicio De La Investigación Científica, En Los Campos De Administración De Empresas Y Como Complemento De La Docencia, Orientada A La Creación, Desarrollo Y Comprobación De Conocimientos Y Técnicas De La Administración En Comités, Centros Y Departamentos De Investigación De Instituciones Legalmente Constituidas En Programas Académicos Aprobados Por El Icfes Y Que Otorguen El Título De Administrador De Empresas

Decreto 2718 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 60 de 1981, sobre el ejercicio de la profesión de Administración de Empresas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las áreas específicas de la actividad de los Administradores de Empresas, para ejercer en forma individual o asociada son las que se definen a continuación

a)

La implantación, en una unidad organizada de producción, de transformación, de circulación, de administración de bienes o de prestación de servicios, del proceso administrativo en sus fases mecánica y dinámica de sus elementos constitutivos de planeación, organización, integración, dirección y control, a fin de coordinar sus recursos humanos, materiales y técnicos, en función de sus objetivos y fines institucionales;

b)

La elaboración y puesta en marcha de los sistemas, procedimientos, métodos manuales, reglamentos y programas administrativos, tendientes a que la dirección empresarial de una unidad organizada aproveche lo mejor posible sus recursos, con el propósito de lograr una alta productividad de los mismos y poder alcanzar sus objetivos económicos y sociales;

c)

Llevar a cabo investigaciones, para incrementar los conocimientos en el campo de la Administración de Empresas ,en forma individual o asociada y dentro o fuera del ámbito empresarial;

d)

Los servicios de asesoría y elaboración de estudios de factibilidad en las diferentes áreas administrativas que requieran los organismos profesionales y empresariales, ya en forma individual o a través de firmas legalmente constituidas como personas jurídicas;

e)

El ejercicio de la docencia con dedicación de cátedra, de tiempo parcial o de tiempo completo en facultades, departamentos o escuelas universitarias, aprobadas por el Estado y en progamas aprobados por el ICFES y que en la modalidad educativa, de formación universitaria otorguen el título de profesional en Administración de Empresas, siempre y cuando el profesional acredite las calidades que se exigen en el reglamento docente de cada institución;

f)

El desempeño de cargos de dirección académica en facultades, departamentos o escuelas de Administración de Empresas de instituciones reconocidas por el Estado en programas aprobados por el ICFES y que otorguen título de Administrador de Empresas en la modalidad de formación universitaria y en cargos tales como: Decano de Facultad, Director de Departamento, Director de Escuela, Director de Carrera, Jefe de Sección o de Unidad Académica, Coordinador de Semestre de Práctica, Coordinador de Consultorio Administrativo y Secretario Académico, siempre y cuando se acredite el cumplimiento de las demás calidades establecidas por los reglamentos de la institución donde se va a prestar los servicios, de conformidad con los manuales de funciones y requisitos mínimos aprobados por cada institución;

g)

El ejercicio de la investigación científica, en los campos de Administración de Empresas y como complemento de la docencia, orientada a la creación, desarrollo y comprobación de conocimientos y técnicas de la administración en comités, Centros y Departamentos de Investigación de instituciones legalmente constituidas en programas académicos aprobados por el ICFES y que otorguen el título de Administrador de Empresas.

Parágrafo

Lo anterior sin perjuicio del ejercicio de la otras profesiones debidamente aprobadas y reglamentada por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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