Artículo primero. Naturaleza. El Instituto de Fomento Industrial es una sociedad de economía mixta, dedicada al desarrollo industrial de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 1157 de 1940 y en el artículo primero de la Ley 16 de 1963, vinculada al Ministerio de Desarrollo Económico. El Instituto de Fomento Industrial podrá usar como sigla para su identificación la palabra IFI.
Decreto 166 de 1969 →Vigente
Artículo 30
Del Decreto 1157 De 1940 Y En El Artículo Primero De La Ley 16 De 1963, Vinculada Al Ministerio De Desarrollo Económico
Decreto 166 de 1969 · Por el cual se aprueban y adoptan los estatutos del Instituto de Fomento Industrial,IFI
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.