Micelio

Artículo 8

Ley 36 de 1886 · Sobre Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 8 º Las mercaderías que se introduzcan por el puerto de Buenaventura pagarán 2 por 100 menos de derechos de importación, y las que se introduzcan por Tumaco un 8 por 100 menos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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