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Artículo 3

Los Personeros Municipales De Cabecera De Circuito Actuarán Bajo La Dirección De Los Correspondientes Fiscales De Circuito Y Como Delegados De Éstos En Las Funciones Del Ministerio Público Ante Los Juzgados De Circuito De Su Respectiva Sede

Decreto 550 de 1970 · Por el cual se organiza el Ministerio Público en los Juzgados de Circuito

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los Personeros Municipales de cabecera de Circuito actuarán bajo la dirección de los correspondientes Fiscales de Circuito y como delegados de éstos en las funciones del Ministerio Público ante los Juzgados de Circuito de su respectiva sede. Los Fiscales de Circuito podrán asumir directamente, en j todo momento, las funciones de Ministerio Público, desplazando al Personero Municipal que se encuentre actuando. Queda así derogado el artículo 164 de la Ley 105 de 1931 y adicionado el artículo 94 de la Ley 94 de 1938.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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