Recursos. El patrimonio autónomo creado mediante el presente decreto ley estará integrado por los siguientes recursos
Recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación.
Recursos aportados por las entidades nacionales, internacionales, territoriales o por particulares a través de convenios.
Recursos de cooperación nacional o internacional.
Donaciones.
Rendimientos financieros generados por los recursos entregados, los cuales se reinvertirán de pleno derecho en el Patrimonio Autónomo.