$ 150.000.00) al Municipio de Guadalupe (Santander), con destino a la terminación de la iglesia parroquial; y con igual suma ($ 150.000.00), con destino a la construcción y dotación de la Casa Consistorial. Estos auxilios serán apropiados por el Gobierno Nacional en los Presupuestos de las vigencias fiscales de 1960 y 1961, por partes iguales, dentro del presupuesto del Ministerio de Obras Públicas; pero si no se apropiaren, el Gobierno, queda facultado para hacer dentro de ellos los traslados que fueren necesarios, a objeto.de quej esta Ley tenga cumplimiento antes de la vigencia de 1962.
Ley 82 de 1961 →Vigente
Artículo 2
Ley 82 de 1961 · Por la cual se decretan unos auxilios a los Municipios de Puente Nacional y Guadalupe (Santander)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.