º Las entidades a que se refiere la Ley 4ª de 1964 deberán abrir el registro de proponentes de que tratan el artículo 3º de la misma Ley y el artículo 7º del Decreto 1518 de 1965, en el término de seis (6) meses contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Decreto 2493 de 1965 →Vigente
Artículo 1
Las Entidades A Que Se Refiere La Ley 4ª De 1964 Deberán Abrir El Registro De Proponentes De Que Tratan El Artículo 3º De La Misma Ley Y El Artículo 7º Del Decreto 1518 De 1965, En El Término De Seis (6) Meses Contados A Partir De La Fecha Del Presente Decreto
Decreto 2493 de 1965 · por el cual se establece un plazo para el cumplimiento de unas disposiciones de la Ley 4ª de 1964.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.