Ley 86 de 1928 · Sobre Academias Nacionales, Sociedad Geográfica y otras disposiciones sobre instrucción pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Decláranse asimismo Cuerpos Consultivos del Gobierno la Academia Nacional de Medicina, la de Jurisprudencia y la Sociedad Colombina de Ingenieros.
Parágrafo
La Academia Nacional de Medicina gozara de una subvención de tres mil pesos ($ 3,000) anuales; la de Jurisprudencia y la Sociedad Colombina de Ingenieros gozaran de dos mil pesos ($ 2,000) anuales cada una.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.