Micelio

Artículo 2

Las Violaciones De Estas Disposiciones Serán Sancionadas Por Los Gobernadores De Los Departamentos Y Por El Alcalde Del Distrito Especial De Bogotá, Respectivamente, Con Multas Hasta De Diez Mil Pesos ($10

Decreto 344 de 1965 · por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario número 1070 de 1956, para evitar la especulación con el precio de los arrendamientos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las violaciones de estas disposiciones serán sancionadas por los Gobernadores de los Departamentos y por el Alcalde del Distrito Especial de Bogotá, respectivamente, con multas hasta de diez mil pesos ($10.000.00). Las infracciones al presente Decreto serán conocidas en apelación por el Ministerio de Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 344 de 1965