Micelio

Artículo 6

El Consejo Asesor De Imprentas Oficiales Tendrá Un Plazo De Seis (6) Meses A Partir De Su Instalación, Para Adelantar Estudio Pormenorizado De La Situación Actual De Los Talleres Gráficos Del Estado Y Presentar Recomendaciones Al Gobierno Nacional Sobre La Materia

Decreto 2569 de 1986 · Por el cual se crea el Consejo Asesor de Imprentas Oficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Consejo Asesor de Imprentas Oficiales tendrá un plazo de seis (6) meses a partir de su instalación, para adelantar estudio pormenorizado de la situación actual de los talleres gráficos del Estado y presentar recomendaciones al Gobierno Nacional sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2569 de 1986