Cuando el depositante decida disminuir su saldo o cancelar la "Cuenta de Ahorro Especial", la respectiva Corporación para efectos de liquidar los intereses y el saldo, considerará esta cuenta como si se tratara de una cuenta da ahorro de valor constante, según los términos de la respectiva reglamentación expedida por la Superintendencia Bancaria.
Decreto 880 de 1982 →Vigente
Artículo 10
Decreto 880 de 1982 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el funcionamiento de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y se adiciona el artículo 2º del Decreto 1084 de 1981.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.