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Artículo 31

Son Funciones De La Sección De Investigación Del Impuesto Sobre La Renta: A) Orientar La Labor De Revisión De Las Oficinas Regionales, Mediante La Elaboración De Normas E Instrucciones Que Deben Ser Impartidas Por Los Conductos Regulares

Decreto 1715 de 1960 · Por el cual se reorganiza la división de impuestos nacionales y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Investigación del Impuesto sobre la Renta

a)

Orientar la labor de revisión de las oficinas regionales, mediante la elaboración de normas e instrucciones que deben ser impartidas por los conductos regulares.

b)

Coordinar con la Sección de Inspección Ejecutiva la inspección de las oficinas regionales para controlar la actividad censal, el desarrollo las investigaciones, la provisión oportuna de documentos necesarios para la sistematización y tabulación de datos, etc.

c)

Efectuar el cruce a escala nacional utilizando los medios técnicos adecuados y los métodos más apropiados para verificar la exactitud de las Declaraciones de Renta.

d)

Realizar directamente las investigaciones que por su importancia especial le sean solicitadas por el Jefe de la Subdivisión.

e)

Absolver las consultas que le formulen las oficinas regionales de investigación tributaria.

f)

Rendir informes de acuerdo con el reglamento general.

g)

Las demás que le asigne el Jefe de la Subdivisión y que estén conformes con los objetivos de la Sección. De la Sección de Investigación de Impuestos Sucesorales e Indirectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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