Micelio

Artículo 6

Ley 85 de 1936 · Por la cual se provee a la construcción del Palacio de Comunicaciones en la ciudad de Bogotá y se dicta una disposición sobre transporte de correos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el área que posee el Gobierno en la manzana a que se refiere el artículo anterior fuere insuficiente por su extensión o si dificultare por su forma el desarrollo de los planos adoptados, el Gobierno podrá hacer las expropiaciones de áreas adyacentes que estime necesarias, por tratarse de una obra que por esta Ley se declara de utilidad pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 85 de 1936