Micelio

Artículo 3

Decreto 1205 de 1967 · Por el cual se crea la Comisión Nacional de Irrigación y Drenaje y se señalan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Los representantes principales y suplentes de las diferentes entidades o Asociaciones serán elegidos para un periodo de dos (2) años, mediante resolución de los respectivos Gerentes o Directores, salvo en el caso de las Corporaciones Autónomas Regionales, que serán elegidos por el Gerente General del Incora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1205 de 1967