Micelio

Artículo 2

Decreto 1972 de 1969 · por el cual se modifica el Decreto 766 de 1964 (abril 17).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 4° quedará así:

"Artículo 4° La Junta dictará su propio reglamento y el de la Lotería, los cuales someterá a la aprobación del Gobierno Nacional. De cada una de las actas de las sesiones y resoluciones adoptadas por la Junta se enviará copia al Ministerio de Salud Pública, para los fines legales".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1972 de 1969