Micelio

Artículo 11

Funciones Del Despacho Del Director General

Decreto 257 de 2004 · por el cual se modifica la Estructura del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Despacho del Director General . Son funciones del Despacho del Director General las siguientes

1.

Dirigir, orientar, coordinar y vigilar las funciones que le son asignadas de manera general al Instituto, en este decreto y en la ley.

2.

Dirigir y orientar la formulación de los planes, programas y proyectos del Instituto, en coordinación con las entidades encargadas de ejecutar obras y proyectos de desarrollo territorial.

3.

Proponer al Consejo Directivo para la aprobación del Gobierno Nacional la estructura interna y la planta de personal de la entidad.

4.

Presentar al Consejo Directivo los proyectos de contratos de gestión o cualquier otro contrato de manejo y operación de infraestructura energética.

5.

Suscribir a nombre del Instituto los contratos relativos a asuntos propios del mismo, de conformidad con la ley y las normas vigentes.

6.

Revisar y aprobar las solicitudes a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en relación con su presupuesto y vigilar su ejecución.

7.

Presentar al Consejo Directivo informes periódicos sobre la gestión general del Instituto y sobre asuntos específicos.

8.

Declarar las emergencias energéticas que se presenten en el área de su competencia.

9.

Ejecutar los planes, programas y proyectos elaborados para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.

10.

Adelantar gestiones y convenios con gobiernos y organismos internacionales, con el fin de obtener cooperación tecnológica y recursos para el desarrollo energético de las Zonas no Interconectadas, ZNI, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

11.

Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuesto, incluyendo los recursos del crédito público interno y externo que se contemplen para el Instituto.

12.

Crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad.

13.

Distribuir los cargos de la planta de personal global de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.

14.

Dirigir y coordinar lo relacionado con el control interno de la entidad.

15.

Ejercer la competencia relacionada con el Control Interno Disciplinario de acuerdo con la ley.

16.

Rendir informes periódicos al Presidente de la República por conducto del Ministerio de Minas y Energía y al Consejo Directivo sobre las actividades desarrolladas, la situación general del instituto y las medidas adoptadas.

17.

Las demás que le sean asignadas por la ley, los estatutos y el Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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