Micelio

Artículo 3

º

Decreto 659 de 1995 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico, se establece el Sistema de Apoyo Interinstitucional a los Servicios Públicos Domiciliarios de Agua Potable y Saneamiento Básico y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones de la Oficina de Enlace del Sistema de Información . La Oficina de Enlace del Sistema de Información tendrá las siguientes funciones

1.

Desarrollar y mantener actualizado el sistema de información sectorial para utilización de las autoridades, empresas de servicio público y usuarios en general.

2.

Diseñar y administrar el sistema de información sectorial y adelantar las actividades conducentes a su operación y producción de información, así como a garantizar la oportunidad, calidad y disponibilidad de la misma.

3.

Estudiar y proponer mecanismos de coordinación y comunicación en la puesta en marcha y funcionamiento del sistema de información sectorial, con las dependencias del Ministerio, las entidades del sector en especial la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, o las entidades correlacionadas con el mismo de los niveles nacional y territorial, públicas o privadas y servir de enlace entre ellas.

4.

Preparar los documentos sobre los asuntos de su competencia para la participación del Ministro o del Viceministro en la Comisión Reguladora.

5.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 659 de 1995