Micelio

Artículo 1.5.7.5

Saneamiento De Activos

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Saneamiento de activos. Los activos sujetos al saneamiento previsto en el artículo 5 de la Ley 2155 de 2021, son aquellos que forman parte del patrimonio bruto del contribuyente, objeto de las normalizaciones tributarias consagradas en las Leyes 1739 de 2014,1943 de 2018 o 2010 de 2019 y se encuentran declarados a treinta y uno (31) de diciembre del 2021 en el impuesto sobre la renta y complementarios o en las declaraciones de los regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, por un valor inferior al valor de mercado, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones al momento del saneamiento:.

1.

No se enajenen dentro del giro ordinario del negocio.

2.

No se encuentren disponibles para la venta.

3.

Han sido poseídos por más de dos (2) años.

Parágrafo

Los activos objeto del saneamiento señalado en este artículo no podrán aplicar la base gravable reducida del parágrafo 5 del artículo 2 de la Ley 2155 de 2021 en caso de ser repatriados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1.5.7.5. Saneamiento de activos. Los activos sujetos al saneamiento previsto en el artículo 59 de la Ley 2010 de 2019, son aquellos que forman parte del patrimonio bruto del contribuyente, objeto de las normalizaciones tributarias consagradas en la Ley 1739 de 2014 o en la Ley 1943 de 2018, y se encuentran declarados a treinta y uno (31) de diciembre del 2019 en el impuesto sobre la renta y complementarios o en las declaraciones de los regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, por un valor inferior al valor de mercado, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones al momento del saneamiento:

Parágrafo

Los activos objeto del saneamiento señalado en este artículo no podrán aplicar la base gravable reducida del parágrafo 2 del artículo 55 de la Ley 2010 de 2019 en caso de ser repatriados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

JURISPRUDENCIA

Artículo 1.5.7.5. Saneamiento de activos. Los activos sujetos al saneamiento previsto en el artículo 48 de la Ley 1943 de 2018 son aquellos que forman parte del patrimonio bruto del contribuyente y se encuentran declarados a treinta y uno (31) de diciembre del 2018 en el impuesto sobre la renta y complementarios por un valor inferior al valor de mercado, y que cumplan con las siguientes condiciones al momento del saneamiento:

1.

No se enajenan dentro del giro ordinario del negocio.

2.

No se encuentran disponibles para la venta.

3.

Han sido poseídos por más de dos (2) años.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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