Micelio

Artículo 2

Del Presente Decreto

Decreto 2609 de 1993 · por el cual se adopta el Plan de Señalización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuarto. Las empresas prestatarias de servicios de telecomunicaciones podrán continuar operando con los esquemas de señalización actualmente en operación, hasta la finalización de los plazos señalados por el artículo 2° del presente Decreto.

Parágrafo

Para efectos del interfuncionamiento de señalización CCITT número 7, Norma Nacional, con MFC u otros sistemas de señalización, los operadores de las redes de telecomunicaciones, efectuarán mediciones con carga normal y carga elevada, conforme a la arquitectura de la red colombiana. Los valores objetivo de estos índices deberán ser remitidos al Ministerio de Comunicaciones, antes de cuatro (4) meses, contados a partir de la expedición del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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