Micelio

Artículo 67

El Ministerio De Relaciones Exteriores Señalará El Valor De Los Derechos Consulares Que Se Causarán En Razón De La Expedición De Las Visas Previstas En El Presente Decreto, A Favor Del Fondo Rotatorio Del Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 666 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros, y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Relaciones Exteriores señalará el valor de los derechos consulares que se causarán en razón de la expedición de las visas previstas en el presente Decreto, a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Para tal efecto, tomará en consideración entre otros factores, la naturaleza de las visas, así como las características socioeconómicas de los solicitantes y del área geográfica sobre la cual ejercen su jurisdicción los diferentes Representantes Consulares de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 666 de 1992