Artículo tercero. La Quinta Emisión de "Bonos de Bienestar Familiar" se hará con fecha 1° de mayo de 1973, y tendrá las siguientes denominaciones: Serie No. de Bonos Valor nominal Valor de la Serie A 10 25.000.000 $250.000.000
Los Bonos llevarán adheridos lo cupones correspondientes a los contados de intereses que puedan causarse hasta la amortización del principal. Cada cupón de intereses llevará la fecha en que deba hacerse el respectivo pago.
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá subdividir los títulos de que trata este artículo cuando las necesidades lo requieren.