Micelio

Artículo 26

Decreto 738 de 1974 · Por el cual se aprueba, con modificaciones el Decreto número 122 de fecha marzo 1º de 1974, originario de la Intendencia Nacional De Arauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo vegasimoquinto. Las adquisiciones de elementos tanto de consumo como devolutivos que realice al Almacén General Intendencial, se efectuará confome a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.

Parágrafo

Toda cuenta de cobro por valor superior a cinco mil pesos ($ 5.000) moneda corriente, se acompañara del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado, siempre con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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