º . Los gastos que se causen por concepto de los viáticos por comisiones al exterior de los Oficiales, Suboficiales, Agentes de la Policía y Soldados miembros de la Casa Militar de la Presidencia de la República serán cancelados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional; el subsidio de alimentación y los viáticos que se causen por comisiones al interior del país, serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Decreto 51 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 51 de 1994 · Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para los Miembros de la Casa Militar de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.