Micelio

Artículo 39

De Los Autos De Sustanciación Puede Pedirse Reposición Ante El Funcionario De Los Dicto

Decreto 605 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1962, que dicta normas relativas al ejercicio de la medicina y la cirugía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los autos de sustanciación puede pedirse reposición ante el funcionario de los dicto. De los autos interlocutorios puede pedirse reposición ante el mismo funcionario y, en subsidio, apelación ante el inmediato superior o directamente apelación ante este. Los recursos de que tratan este Artículo y el anterior, se resolverán de plano, y se sustanciarán en la forma prevista en el Código Administrativo y en las disposiciones que lo adicionan o modifican, y los vacíos se llenaran con las normas del código Judicial. La apelación solo puede concederse en el efecto devolutivo, conforme al artículo 4º de la Ley 45 de 1946.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 605 de 1963