Para La Vinculación De La Secretaría General Con Los Miembros De La Organización Podrán Existir: A) Centros Regionales Y Subregionales Creados Por La Comisión Directiva A Propuesta De La Secretaría General E Informe Del Comité Permanente
Decreto 2768 de 2002 · por el cual se promulgan los “Estatutos de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social”, adoptados por el XI Congreso Iberoamericano de Seguridad Social, celebrado en Punta del Este, Uruguay, del siete (7) al ocho (8) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para la vinculación de la Secretaría General con los miembros de la Organización podrán existir
a)
Centros Regionales y Subregionales creados por la Comisión Directiva a propuesta de la Secretaría General e informe del Comité Permanente. La Secretaría General incorporará a sus propuestas, en su caso, el informe de los Comités Regionales correspondientes. Estos centros desarrollarán principalmente la programación de actividades del área correspondiente, de acuerdo con el plan general de actividades de la Organización y con sujeción a los principios de unidad funcional, ejecutiva, presupuestaria y de caja o tesoro observados por la OISS;
b)
Delegaciones nacionales designadas por el Secretario General e informe, en su caso, del Comité Regional correspondiente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.