º El Ministerio de Comunicaciones," Inravisión" y los Canales Regionales de Televisión, dentro de sus respectivas órbitas de competencia, se abstendrán de celebrar los contratos de concesión con aquellas personas o entidades que ejecuten públicamente obras musicales hasta cuando el interesado en la concesión presente comprobante, vigente a la fecha de su presentación, en el sentido de haber cancelado a los autores, representantes o causahabientes, los correspondientes derechos de autor.
Artículo 2
El Ministerio De Comunicaciones," Inravisión" Y Los Canales Regionales De Televisión, Dentro De Sus Respectivas Órbitas De Competencia, Se Abstendrán De Celebrar Los Contratos De Concesión Con Aquellas Personas O Entidades Que Ejecuten Públicamente Obras Musicales Hasta Cuando El Interesado En La Concesión Presente Comprobante, Vigente A La Fecha De Su Presentación, En El Sentido De Haber Cancelado A Los Autores, Representantes O Causahabientes, Los Correspondientes Derechos De Autor
Decreto 1983 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre transmisión de obras musicales en medios de comunicación.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.