De las exenciones de que trata el artículo segundo de la presente Ley gozarán por el mismo período de veinte (20) años todas las empresas nacionales que se dediquen a la producción de hierro con el empleo de minerales extraídos en el territorio de la República. Para que rijan estas exenciones se necesita la previa declaración del Gobierno de que a su juicio se cumplen las condiciones previstas. En relación con el hierro producido en las referidas empresas rige la autorización de que trata el artículo 9º de esta Ley.
Ley 95 de 1948 →Vigente
Artículo 11
Ley 95 de 1948 · Por la cual se establecen unas exenciones en favor de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.