Micelio

Artículo 468

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de la demanda. La demanda de casación se formulará por escrito y deberá contener:

1. La identificación de las partes y del Tribunal, que hubiere referido la sentencia.

2. Un resumen de los hechos materia de juzgamiento.

3. La causal que se aduzca para pedir la infirmación del fallo, indicando en forma clara y precisa los fundamentos de ella y citando las normas sustantivas que el recurrente estime infingidas. Si fueren varias las causales, las expondrá en capítulos separados con sus respectivos fundamentos.

4. La conclusión de sus premisas y la petición que formula en relación con la sentencia recurrida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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