Micelio

Artículo 12

Ley 19 de 1958 · Sobre reforma administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los servidores públicos en periodo de prueba o de servicio activo, así como los que hallen bajo licencia ordinaria o de larga duración, les esta vedada cualquier actividad que implique intervención en la política partidista o utilización de las funciones o poderes de su cargo en beneficio de la organización o de las campañas de los partidos.

Les es especialmente prohibido:

a)

Formar partes de directorios o comités de los partidos políticos;

b)

Intervenir de cualquier manera en la organización de manifestaciones o de otros actos políticos de dichos partidos;

c)

Pronunciar discursos o conferencias de carácter partidario y comentar por medio de la prensa hablada o escrita, temas de la misma naturaleza;

b)

Tomar en cuenta la filiación política de los ciudadanos para darles un tratamiento de favor, o para ejercer discriminaciones contra los mismos, y

d)

Coartar por cualquier clase de influencias o presión la libertad de sufragio de sus subalternos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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