Micelio

Artículo 2

Los Chasises Completos O Incompletos Que Se Importen Desarmados Con Destino A Industrias Debidamente Autorizadas, Y Que Tengan Celebrado Contrato De Fabricación O Ensamble Con El Gobierno Nacional, Quedarán Sujetos A Las Tarifas Arancelarias Que A Continuación Se Indican: Posición Denominación Gravamen % 87

Decreto 1612 de 1965 · por el cual se determinan los gravámenes arancelarios para la industria de ensamble de vehículos automotores, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los chasises completos o incompletos que se importen desarmados con destino a industrias debidamente autorizadas, y que tengan celebrado contrato de fabricación o ensamble con el Gobierno Nacional, quedarán sujetos a las tarifas arancelarias que a continuación se indican: Posición Denominación Gravamen % 87.02. C.I.a.1 Chasises cabinados para pick-ups 10 87.02. C.I.b.1 Chasises cabinados para camión 10 87.04. A.II.a. Chasises para camionetas Station Wagon y similares, de la posición 87.02 A.II.a 120 87.04. A.II.b. Chasises para camionetas Station Wagon y similares, de la posición 87.02 A.II.b 220 87.04. A.II.c. Chasises para camionetas Station Wagon y similares, de la posición 87.02 A.II.c 320 87.04. B.II. Chasises para bus 5 87.04.B.I Otros 120

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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