Micelio

Artículo 3

Decreto 1506 de 1902 · Por el cual se fija remuneracion al trabajo nocturno en varias oficinas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° El ministro del tesoro legalizara los pagos que hayan hecho con anterioridad a este decreto el cajero de la litografía Nacional y el tesorero general imputables a sobresueldos devengados

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1506 de 1902