Micelio

Artículo 2

O La Hora Cátedra Es La Hora Clase Dictada Por Un Profesional No Vinculado A La Administración En Ninguna Jornada O Nivel Educativo, Como Profesor De Tiempo Completo; Corresponde A Un Servicio Prestado Para Suplir La Carga Académica Que No Pueda Ser Asumida Por Docentes De Tiempo Completo En Educación Básica Secundaria, Media Vocacional O Media Diversificada Y Técnica Profesional

Decreto 908 de 1992 · Por el cual se fija la asignación básica, se fija la remuneración del personal del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones salariales para el sector educativo oficial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o La hora cátedra es la hora clase dictada por un profesional no vinculado a la administración en ninguna jornada o nivel educativo, como profesor de tiempo completo; corresponde a un servicio prestado para suplir la carga académica que no pueda ser asumida por docentes de tiempo completo en educación básica secundaria, media vocacional o media diversificada y técnica profesional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 908 de 1992