Micelio

Artículo 28

Secretaría Técnica

Ley 2199 de 2022 · Por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Secretaría Técnica de la Región Metropolitana de Bogotá – Cundinamarca será ejercida por el Director de la Región Metropolitana, quien se encargará de planear, organizar y dirigir los trámites necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones del Consejo Regional; preparar los proyectos de Acuerdo, incluyendo los estudios técnicos que se le soliciten y aquellos necesarios para soportar la toma de decisiones, y proporcionar la infraestructura logística, técnica y humana requerida para el funcionamiento del Consejo Regional, así como convocar a sus miembros. Asimismo, tendrá a su cargo la relatoría y elaboración de actas de las sesiones del Consejo Regional.

Las demás funciones de la Secretaría Técnica serán definidas en el estatuto aprobado por el Consejo Regional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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