Micelio

Artículo 4

Las Cervezas En General Deben Responder A Las Siguientes Características: A) Ser Límpidas O Débilmente Opalinas Sin Sedimento Apreciable; B) El Contenido De Alcohol En Volumen No Podrá Exceder Del 4% A 15½º C

Decreto 1250 de 1950 · Por el cual se reglamenta la fabricación de cervezas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las cervezas en general deben responder a las siguientes características

a)

Ser límpidas o débilmente opalinas sin sedimento apreciable;

b)

El contenido de alcohol en volumen no podrá exceder del 4% a 15½º c.;

c)

El porcentaje en peso del extracto, no podrá ser menor que el del alcohol en peso;

d)

El pH potenciométrico no será menor de 4.

e)

La acidez total expresada en láctico no será mayor de 0,3%;

f)

Estará libre de levaduras, bacterias patógenas y otros fermentos en estado activo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1250 de 1950