Micelio

Artículo 3

El Producido Del Terreno Destinado A Proyectos Colectivos Ingresará A Fondos Reservados De La Respectiva Escuela, Y El Saldo Líquido De Los Proyectos Individuales Y De Grupo, O Sea Lo Que Quede Después De Deducir El Valor De Las Semillas, Abonos, Insecticidas Y Fungicidas, Corresponderá A Los Alumnos En Proporción De Su Trabajó

Decreto 3115 de 1945 · Por el cual se reglamenta el aprovechamiento económico de los proyectos en las Escuelas Vocacionales Agrícolas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El producido del terreno destinado a proyectos colectivos ingresará a Fondos Reservados de la respectiva Escuela, y el saldo líquido de los proyectos individuales y de grupo, o sea lo que quede después de deducir el valor de las semillas, abonos, insecticidas y fungicidas, corresponderá a los alumnos en proporción de su trabajó.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3115 de 1945