° . El período de sesiones de los Concejos Municipales que, conforme a la ley, debería empezar el 1º de abril de 1972, solo comenzará el 1º de mayo siguiente. En consecuencia, los Concejos Municipales se instalarán en la fecha últimamente citada y sesionarán durante sus respectivos períodos, o sea, del 1° de mayo al 30 del mismo mes o al 30 de junio, según las disposiciones vigentes para cada uno de ellos.
Decreto 475 de 1972 →Vigente
Artículo 1
Decreto 475 de 1972 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.