Micelio

Artículo 15

Bonificación Mensual Para Gastos Personales En Cumplimiento Del Artículo 7° De La Ley 2384 De 2024

Decreto 384 de 2026 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales, Suboficiales y soldados e infantes de marina profesionales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional; Patrulleros de Policía de la Pol

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bonificación mensual para gastos personales en cumplimiento del artículo 7° de la Ley 2384 de 2024. Los Grumetes de las Fuerzas Militares tendrán una bonificación mensual para gastos personales de doscientos mil setecientos sesenta y nueve pesos ($200.769) moneda corriente.

Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares y brigadieres en la Policía Nacional e Inpec, tendrán derecho a una bonificación mensual adicional correspondiente al 5% de un salario mínimo mensual legal vigente.

Los Soldados del Batallón Guardia Presidencial y de los Batallones de Policía Militar que hayan terminado el curso básico de esta especialidad tendrán una bonificación mensual adicional de treinta y un mil ochocientos cincuenta y uno pesos ($31.851) moneda corriente.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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