Micelio

Artículo 3

Funciones

Decreto 23 de 2002 · por el cual se crea la Unidad Técnica de Apoyo para Arauca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones. Son funciones de la Unidad Técnica de Apoyo para Arauca, las siguientes: 1 Coordinar la puesta en marcha de un Plan de Acción Integral para el desarrollo sostenible y el fortalecimiento del estado social de derecho en Arauca, con el fin de mejorar en ese departamento las condiciones de vida de sus habitantes. 2. Prestar apoyo técnico a las autoridades del departamento, de Arauca para fortalecer la planeación y ejecución fiscal, la viabilidad y sostenibilidad de los programas y proyectos de inversión que se realicen en la zona. 3. Asesorar la identificación, priorización y ejecución de iniciativas de desarrollo en el departamento de Arauca, haciendo énfasis en el potencial agropecuario, su situación geoestratégica de frontera y el aumento de la productividad y competitividad de la zona. 4. Procurar la implantación de mecanismos de alerta temprana que permitan evitar actos delictivos, de manera que induzca a la población a prestar la máxima colaboración con las autoridades. 5. Evaluar periódicamente los resultados e informar al Presidente de la República sobre los avances obtenidos o la adopción de medidas adicionales. 6. Las demás que sean acordes al objeto de la Unidad Técnica de Apoyo para Arauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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