Micelio

Artículo 4

Objetivos De La Capacitación

Decreto 1221 de 1993 · por el cual se desarrolla el numeral 1 del artículo 29 de la Ley 27 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4° Objetivos de la capacitación. La capacitación es una obligación de la administración, uno de los objetivos de la carrera administrativa, un derecho de los empleados y constituye un deber de éstos cuando sea patrocinada y permitida por la administración. Sus objetivos son

a)

Lograr el mejoramiento de la administración pública y elevar el nivel de eficiencia y eficacia de sus entidades u organismos;

b)

Contribuir a la buena dirección y manejo de los asuntos públicos mediante el perfeccionamiento de habilidades ejecutivas, gerenciales, administrativas y técnico-científicas;

c)

Promover el desarrollo de un recurso humano identificado y comprometido con las políticas, los planes, los programas y los objetivos de cada entidad u organismo estatal;

d)

Impulsar la preparación permanente de los empleados con el fin de elevar sus niveles de satisfacción personal, laboral y así mismo posibilitar su ascenso dentro de la organización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1221 de 1993