Son funciones de las Administraciones de Impuestos Nacionales
Determinar, investigar y controlar en el territorio de su jurisdicción los impuestos de competencia de la Dirección General de Impuestos Nacionales conforme a los programas, instrucciones y procedimientos establecidos, sin perjuicio de lo previsto en el presente Decreto para las unidades de Auditoría Externa y la Sección de Auditoría de Sociedades de la Administración de Impuestos de Bogotá;
Recaudar y cobrar el monto de los impuestos nacionales;
Difundir las normas del régimen tributario y organizar los servicios de atención al contribuyente;
Cumplir con las funciones administrativas, relacionadas con los asuntos internos de la Administración y las Recaudaciones;
Analizar y aplicar las normas tributarias y administrativas, resoluciones generales, circulares y órdenes administrativas, emanadas del Nivel Central;
Recibir las declaraciones de impuestos y los demás documentos relacionados con las obligaciones tributarias;
Controlar los recaudos de impuestos nacionales y las consignaciones de los mismos en las entidades autorizadas;
Llevar los registros contables de conformidad con las disposiciones administrativas y fiscales vigentes;
Estudiar, sustanciar y resolver los recursos interpuestos contra las liquidaciones de los impuestos sobre la renta, ventas, sucesorales, donaciones e indirectos, que sean de su competencia;
Preparar y suministrar los datos estadísticos y demás informes necesarios para el control, la programación y la evaluación de resultados por parte de las unidades del Nivel Central
Ejercer funciones de supervisión, asesoría y control sobre las Recaudaciones de Impuestos Nacionales, y
Organizar internamente la aplicación de las normas del régimen tributario, de los planes, programas e instrucciones emanadas del Nivel Central.