Micelio

Artículo 1

Prohibese La Importación O Adquisición De Automóviles Importados Por Parte De Las Entidades De La Rama Ejecutiva Del Poder Público Y De Las Descentralizadas Del Orden Nacional, Departamental Y Municipal, Cuya Cilindrada Sea Superior A Dos Mil (2

Decreto 2382 de 1977 · Por el cual se establece una prohibición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Prohibese la importación o adquisición de automóviles importados por parte de las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público y de las descentralizadas del orden nacional, departamental y municipal, cuya cilindrada sea superior a dos mil (2.000) centímetros cúbicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2382 de 1977