Micelio

Artículo 82

Ley 63 de 1936 · Por la cual se organizan los impuestos sobre la masa global hereditaria, asignaciones y donaciones, y se aclara el artículo 8° de la Ley 78 de 1935

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se extienden en papel común sin estampillas y de manera absolutamente gratuita, las copias, certificaciones, declaraciones, diligencias y datos que directamente o por conducto del Juez o de otro funcionario, soliciten los funcionarios de Hacienda para erectos del impuesto.

Tales documentos sirven a los interesados para hacer efectivos los derechos a la herencia, previo el pago del doble de impuestos de papel sellado o timbre nacional que hubieran causado si hubieran sido presentados por ellos a la causa mortuoria. Dicho pago se hace en estampillas de timbre nacional que se adhieren y anulan por el Secretario del Juzgado en los términos y bajo las sanciones que establece la legislación respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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