Micelio

Artículo 97

Desistimiento De Los Recursos

Ley 1395 de 2010 · Por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Ley 906 de 2004 tendrá un nuevo artículo 179 F, del siguiente tenor:

Artículo 179F. Desistimiento de los recursos. Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1395 de 2010