Micelio

Artículo 4

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 65 de 2020 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 en diversas materias relativas a los procesos concursales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.2.2.9.2.4 de la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, que quedará así: “Artículo. 2.2.2.9.2.4. Memoriales que no requieren pronunciamiento judicial. No requieren pronunciamiento del juez del concurso los documentos que traten de los siguientes asuntos

1.

A través de los cuales se presenten créditos y los que aporten pruebas o soportes de aquellos al proceso concursal, salvo para efectos de la resolución de objeciones y reconocimiento de derechos de crédito y de voto.

2.

Las reclamaciones de los afectados en los procesos de intervención que se presenten directamente al expediente del proceso.

3.

Los poderes y las sustituciones de poder.

4.

Los escritos que documenten cesiones de créditos, de posiciones contractuales, de derechos hereditarios o de derechos litigiosos.

5.

Las actas firmadas que documenten audiencias y diligencias y sus respectivas grabaciones. Los mismos serán agregados al expediente para consulta de las partes.”

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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