° Valor del fondo. Para establecer el valor del fondo se tomarán los recursos indicados en el numeral 1 del artículo 161 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se restarán los gastos que deban sufragarse con cargo al mismo.
Decreto 1209 de 1993 →Vigente
Artículo 4
Valor Del Fondo
Decreto 1209 de 1993 · por el cual se dictan normas relacionadas con el régimen de las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.