Artículo quinto. El Instituto Colombiano de Construcciones Escolares hará los estudios técnicos necesarios para determinar la extensión de terreno que el Instituto de Crédito Territorial y el Banco Central Hipotecario y las Compañías de Seguros deban reservar en cada urbanización, para los servicios de educación primaria y media de la población escolar del respectivo programa de vivienda.
Decreto 2026 de 1973 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2026 de 1973 · Por el cual se reglamenta la ley 9ª de septiembre 22 de 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.