Apertura del concurso. Determinadas las necesidades de nuevos servicios de movilización, el Ministerio de Transporte ordenará iniciar el trámite de concurso, el cual deberá estar precedido del estudio y de las reglas que regirán la participación en el concurso.
Las reglas que regirán la participación en el concurso establecerán los aspectos relativos al objeto del concurso, fecha y hora de apertura y cierre, requisitos que deben llenar los proponentes, plazo del concurso, las rutas, sistemas de rutas o áreas de operación disponibles, horarios a servir, clase y número de vehículos, nivel de servicio, condiciones de la póliza de seriedad de la propuesta, reglas y criterios para la evaluación de las propuestas y el otorgamiento del permiso, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección, término para comenzar a prestar el servicio, su regulación jurídica, derechos y obligaciones de los adjudicatarios y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas y claras.
(Decreto 171 de 2001, artículo 27, modificado por el Decreto 198 de 2013, artículo 3°).