Micelio

Artículo 18

De La Renta Que Produzcan Los Arrendamientos De Las Islas Y Playones De Que Se Trata, Se Proveerá Al Pago De Inspectores Y Un Ayudante Para Cada Inspector, Cuyos Nombramientos Se Harán Por El Gobierno

Decreto 742 de 1923 · Por el cual se reglamenta el artículo 6o de la Ley 85 de 1920

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la renta que produzcan los arrendamientos de las islas y playones de que se trata, se proveerá al pago de Inspectores y un ayudante para cada Inspector, cuyos nombramientos se harán por el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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