Micelio

Artículo 7

Decreto 2239 de 1999 · por el cual se reglamenta el procedimiento para la devolucion de vehiculos hurtados en la Republica del Ecuador

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Disposición de la mercancía. Si vencido el plazo señalado en el artículo anterior no se ha solicitado la entrega física, o no se ha producido su salida del territorio nacional, acreditada mediante el registro en la Administración correspondiente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá disponer del mismo con base en el acto administrativo de decomiso o abandono que ya hubiere proferido y no procederá solicitud de devolución posterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2239 de 1999