El Congreso de Colombia, honra y exalta la memoria del doctor Antonio José de Jesús Cadavid Angel, eminente colombiano, destacado hombre público y connotado jurista, y quien con su vida meritísima enalteció diversas posiciones ejercidas con dignidad, austeridad e idoneidad. Cuando va a cumplirse el primer centenario de su nacimiento, encuentra propicio relievar su existencia fecunda y útil al servicio del país.
Ley 71 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Ley 71 de 1966 · Por la cual la Nación honra la memoria de un eminente colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.